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Glosario

Tema 2: Glosario


Artículo 3. Para la aplicación e interpretación del presente Reglamento, se tomarán como base sustentadora las siguientes definiciones:

ACCIDENTE DE TRÁNSITO: Evento generalmente involuntario, generado al menos por un vehículo en movimiento que causa lesiones y/o daños a personas y bienes involucrados en él y que ocurran en vías públicas o de uso público.

ACERA: Franja longitudinal ubicada a los costados de la vía de circulación destinada exclusivamente para el tránsito de peatones.

ALCOHOLÍMETRO:

  • Instrumento que mide el contenido alcohólico relativo del aliento exhalado por una persona.
  • Es utilizado por los inspectores de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre o de la Policía Nacional como prueba básica para la aplicación del presente Reglamento.

ALIENTO ALCOHÓLICO: Aire con olor etílico espirado que emana del conductor.

ALTURA: Dimensión vertical total de cualquier vehículo sobre el suelo, incluyendo cualquier carga o el dispositivo para sostenerla.

ANCHO: Dimensión transversal total de un vehículo, incluyendo cualquier carga o el dispositivo para sostenerla.

APRENDIZ: Persona que recibe de un instructor, técnicas de conducción de vehículos a motor o motocicletas, previa solicitud y autorización de la autoridad competente.

AUTOBÚS: Vehículo a motor destinado al transporte colectivo de personas con capacidad mayor de ocho (8) pasajeros.

AUTOMÓVIL: Vehículo a motor con cuatro (4) ruedas destinado al transporte de personas con capacidad no mayor de cinco (5) pasajeros.

AUTOPISTA: Vía pública que está especialmente proyectada, construida y señalizada para el tránsito de vehículos autorizados.

CARACTERÍSTICAS DE LAS AUTOPISTAS:

  • Las propiedades colindantes no tienen acceso directo.
  • No cruza a nivel ningún otro camino, vía o línea de ferrocarril, ni es cruzada a nivel por vía de comunicación o servidumbre de paso alguna.
  • Cuenta con calzadas para cada sentido de circulación, separadas entre sí, salvo en puntos singulares o con carácter temporal, por una franja o terreno no destinada al tránsito o por barreras de seguridad especialmente diseñadas y construidas para este propósito.

AUTORIDAD COMPETENTE: Autoridades responsables del cumplimiento del presente Reglamento:

  • Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre
  • Jueces de Tránsito
  • Policía Nacional

AVENIDA: Vía pública principal utilizada para el tránsito de vehículos dentro de las zonas urbanas.

BAHÍA DE ESTACIONAMIENTO: Parte complementaria de la estructura de la vía utilizada como zona de transición entre la calzada y la acera, destinada al estacionamiento de vehículos.

BICICLETA: Vehículo no motorizado de dos o más ruedas, accionado por fuerza humana de la(s) persona(s) que lo conduce(n).

BOCACALLE: Embocadura de una calle en una intersección.

BOLETA DE CITACIÓN: Orden formal de notificación escrita o impresa, para que el presunto implicado se presente ante la autoridad competente por la comisión de falta o audiencia de tránsito.

CALZADA: Área o sección física de la vía utilizada para el tránsito de vehículos.

CALLE: Vía pública secundaria utilizada para el tránsito de vehículos dentro de las zonas urbanas.

CAMINO PRIVADO: Vía de circulación comprendida dentro de los límites de una propiedad privada.

CAMIÓN: Vehículo a motor destinado al transporte de carga.

CAMIÓN COMBINADO: Vehículo compuesto por un camión tractor y un remolque o un camión tractor, semirremolque y un remolque.

CAMIÓN TRACTOR: Vehículo utilizado para arrastrar remolques y aparatos.

CAMIONETA: Automóvil con capacidad no mayor de ocho (8) pasajeros.

CARGA PELIGROSA: Materiales, sustancias, desechos o combinación de ellos que, por su característica de peligrosidad, implican riesgo inmediato o potencial para la salud humana u organismos vivientes, así como para el ambiente o la seguridad patrimonial.

CARRETA: Vehículo impulsado por tracción animal destinado al transporte de personas o carga.

CARRETERA: Vía pública utilizada para el tránsito interurbano de vehículos con niveles adecuados de seguridad y comodidad.

CARRETILLA: Vehículo impulsado por fuerza humana utilizado para el transporte de carga.

CARRIL: Parte de la calzada destinada al tránsito de una sola fila de vehículos.

CARRIL EXCLUSIVO:

  • Carril destinado para el uso único de un determinado tipo de vehículo.
  • Muestra una separación física longitudinal a través de elementos fijos, tales como barreras o cordones o por medio de señalización especial.
  • Puede mantener cruces a nivel con otras vías, así como con los peatones.

CARROCERÍA: Estructura del vehículo instalada sobre un chasis destinada al transporte de personas o carga.

CASCO:

  • Pieza que cubre la cabeza, sin impedir la visión periférica, diseñada especialmente para protegerla contra golpes.
  • Cumple con las especificaciones y normas protectoras de seguridad para conductores y acompañantes.

CIMA: Punto superior de dos tramos de distintas pendientes de una vía de circulación.

CINTURÓN DE SEGURIDAD: Dispositivo de retención para el ocupante de un vehículo que se coloca para protegerse de traumatismos, no ser despedido del vehículo ni proyectado hacia delante en caso de accidente de tránsito o desaceleración súbita del mismo.

CICLO VÍA: Vía o sección de calzada destinada ocasionalmente para el tránsito de bicicletas y peatones.

CICLO RUTA: Vía o sección de la calzada destinada al tránsito de bicicletas en forma exclusiva.

CLASE DE VEHÍCULO: Denominación dada a un vehículo de conformidad con su uso, configuración y especificaciones técnicas.

COCHE: Vehículo impulsado por tracción animal utilizado para el transporte de pasajeros o carga.

CONDUCTOR: Persona habilitada, capacitada técnicamente, quien mantiene el dominio físico de los controles del vehículo mecánico en cualesquiera de sus modalidades.

CORDÓN: Elemento de concreto, asfalto u otros materiales para delimitar la calzada de una vía; borde exterior de la acera.

CROQUIS DE ACCIDENTE: Plano descriptivo de los detalles de un accidente de tránsito, levantado en el sitio de los hechos por el inspector de tránsito de la Policía Nacional.

CRUCE O INTERSECCIÓN: Punto o zona en donde dos (2) o más vías de circulación convergen o se encuentran.

CUNETA: Zanja o conducto construido al borde de una vía de circulación para recoger y evacuar las aguas superficiales.

CURVA: Tramo de la vía de circulación que cambia de dirección, vertical u horizontalmente.

CHASIS: Conjunto de elementos que proporcionan soporte a todas las partes del vehículo mediante un bastidor.

CHATARRIZACIÓN: Desintegración total de un vehículo.

DERECHO DE VÍA: Preferencia en la circulación que tiene un vehículo o peatón con respecto a los demás vehículos o peatones.

DISTANCIA: Espacio entre dos vehículos consecutivos, que se mide del extremo trasero de un vehículo al delantero del otro.

EMBRIAGUEZ: Estado de alteración transitoria de las condiciones físicas y mentales, causada por intoxicación aguda de alcohol que no permite una adecuada realización de actividades normales.

EQUIPO PESADO: Camión de más de diez (10) toneladas de peso total.

ESTACIÓN O PARADA: Lugar donde se permite que un vehículo se detenga, sin apagar el motor, por el tiempo necesario para el embarque y/o desembarque de pasajeros.

ESTACIONAR: Acción de ubicar un vehículo transitoriamente en el área destinada para este fin.

ESTACIONAMIENTO: Zona o lugar donde se permite la detención de un vehículo en espera de su conductor y/o ocupantes.

ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD: Estacionamiento donde se permite que un vehículo debidamente identificado y autorizado por la autoridad competente realice el embarque y desembarque de personas con discapacidad.

ESTUPEFACIENTE: Sustancia psicotrópica susceptible de producir dependencia física o síquica.

EVENTO: Evento organizado o improvisado en la vía pública para realizar competencias de velocidad entre vehículos deportivos o modificados para tales fines.

EXCESO DE PASAJEROS: Sobrepasar el número de pasajeros establecido por el fabricante del vehículo como la capacidad máxima.

EXTINTOR: Dispositivo portátil para la prevención y control de incendios de pequeña magnitud.

FICHA TÉCNICA: Documento que describe las características del material que se transporta con las precauciones requeridas para su manejo.

GLORIETA O ROTONDA: Intersección donde no hay cruce directo de vehículos, sino maniobras de entre cruzamientos y movimientos alrededor de una isleta o plazoleta central.

GOBERNADOR DE VELOCIDAD: Dispositivo para limitar la velocidad de los vehículos utilizados en el transporte colectivo, colegial y de turismo.

GRÚA: Vehículo a motor especialmente diseñado con sistema de enganche para levantar y remolcar otro vehículo o transportarlo sobre una plataforma.

HOJA DE SEGURIDAD: Formulario preparado por el propietario de la carga peligrosa que brinda información útil sobre el comportamiento y características generales, así como del peligro del producto o sustancia y datos adicionales para casos de emergencia.

HOMBRO: Parte de la estructura de la vía de circulación contigua a la calzada, que sirve de protección a los efectos de erosión, utilizada eventualmente para la parada de vehículos en situaciones fortuitas o casos de emergencia y para la circulación de peatones.

INCOMPATIBLE: Característica que indica que una sustancia, por el contacto directo con otro producto, puede causar reacciones peligrosas y la liberación de energía.

INFRAESTRUCTURA VIAL: Conjunto de instalaciones y equipamiento de vialidad, que comprende la red de caminos, los espacios de estacionamiento, los lugares de parada, los sistemas de drenaje, los puentes y pasos peatonales.

INSPECCIÓN TÉCNICA: Revisión de los vehículos que transportan cargas peligrosas, efectuada por el personal de la Oficina de Seguridad para la Prevención de Incendios del Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, a fin de verificar su condición física y estado seguro para el tránsito con este tipo de cargas.

INSPECTOR DE TRÁNSITO: Funcionario de la Policía Nacional con autoridad para aplicar las leyes y reglamentos de tránsito y transporte terrestre.

INSPECTOR DE TRANSPORTE PÚBLICO: Funcionario de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre con autoridad para aplicar las leyes y reglamentos del transporte terrestre público.

INSTRUCTOR DE MANEJO: Persona que imparte enseñanza teórica y práctica en la conducción de vehículos a motor, debidamente autorizado por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre.

LICENCIA DE CONDUCIR:

  • Documento de carácter personal e intransferible.
  • Autoriza a una persona a conducir vehículos en el territorio nacional.
  • Expedido por la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT)

MARCAS DEL PAVIMENTO: Señales pintadas sobre la vía de circulación o con elementos adyacentes a ella para indicar, advertir o guiar el tránsito.

MOTO BICICLETA: Bicicleta o velocípedo con motor auxiliar o permanente.

MOTOCICLETA: Vehículo a motor de dos (2) ruedas con o sin carro lateral.

PASAJERO: Persona que no siendo conductor ocupa un lugar dentro del vehículo.

PASO A NIVEL: Intersección a un mismo nivel de una calle o carretera con otra vía de circulación o con una vía férrea.

PASO PEATONAL A DESNIVEL: Puente o túnel diseñado especialmente para que los peatones crucen o atraviesen la vía.

PASO PEATONAL A NIVEL: Zona de la calzada delimitada por dispositivos o marcas pintadas sobre la vía para que los peatones crucen o atraviesen la vía.

PATINAR: Deslizarse con patines o patineta, generalmente como actividad deportiva o de entretenimiento.

PATINES: Aparato que consiste en unas botas de diferentes medidas las cuales tienen adheridas a suela ruedas en línea recta o adelante y atrás. También plancha adaptable a la suela de los zapatos con ruedas.

PATINETA: Aparato compuesto por una plancha de madera o plástico montada sobre cuatro ruedas; en algunos casos armada por delante con una barra de dirección con otra superior horizontal como timón o guía.

PEATÓN:

  • Persona que transita a pie.
  • También se considera como peatones las personas discapacitadas o niños que transiten en aparatos especiales manejados por ellos o otra persona.

PENDIENTE: Tramo de la carretera, avenida o calle construido en un terreno inclinado.

PERSONA CON DISCAPACIDAD: Persona con una alteración funcional, permanente o temporal, total o parcial, física, sensorial o mental, que limita su capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal al ser humano.

PERSONA CON MOVILIDAD REDUCIDA: Persona con capacidad limitada para desplazarse por razón de discapacidad, estado físico u otra condición similar.

PIQUERA: Lugar con instalaciones que sirve de base para el ordenamiento y control de los vehículos de una o varias líneas de transporte colectivo o zonas de trabajo para el transporte selectivo.

PLACA: Distintivo único e intransferible utilizado para identificar un vehículo. Tiene validez en todo el territorio nacional.

PLACA DE TRANSPORTE PÚBLICO: Placa adicional que deben portar todos los vehículos de transporte público en todas sus modalidades (selectivo, colectivo, colegial y turismo).

PRELACIÓN: Prioridad o preferencia que tiene una vía o vehículo con respecto a otras vías u otros vehículos.

PRIORIDAD: Paso preferencial de vehículos con relación al uso de las vías que comprende los vehículos de funcionarios autorizados, Cuerpo de Bomberos, Policía Nacional, ambulancias y otros casos de emergencia, además de cualquier otro que establezca la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre.

PROPIETARIO: Persona natural o jurídica a cuyo nombre figure inscrito en una propiedad o un bien.

PRUEBA DE ALCOHOLEMIA: Examen que se practica a una persona para determinar la cantidad de alcohol en el torrente sanguíneo en un momento determinado.

PSICOTRÓPICA: Agente químico que actúa sobre el sistema nervioso central, lo cual trae como consecuencia cambios temporales en la percepción, ánimo, estado de conciencia y comportamiento.

REBASAR: Maniobra mediante la cual un vehículo adelanta a otro que lo antecede en el mismo carril de una calzada.

RECTA: Tramo de vía de circulación que no cambia de dirección.

REMOLQUE: Aparato sin medio propio de propulsión utilizado para llevar personas o carga que puede ser movilizado por un vehículo, mediante una barra o tiro sin transmitir parte de su peso.

RESALTO: Elevación conexa transversal a la calzada que actúa sobre la dinámica de los vehículos, de modo que los conductores disminuyen la velocidad para evitar sacudidas molestas o daños a sus vehículos.

SEMIRREMOLQUE: Aparato utilizado para transportar carga y movilizado por un vehículo sobre el cual descansa parte de su peso y carga.

SEPARADOR: Elemento estrecho y elevado que independiza dos calzadas de una vía.

SILLA DE RUEDAS: Vehículo impulsado por fuerza humana o mecánica, proyectado y construido específicamente para facilitar el movimiento ambulatorio de una persona con alguna discapacidad física.

SITIOS DE ENTRADA: Todos aquellos lugares que permiten el ingreso al territorio nacional de cargas, ya sea por vía terrestre, marítima o aérea y en los cuales existen aduanas.

SISTEMA DE TRANSPORTE MASIVO DE PASAJEROS: Es el conjunto de equipos, sistemas, señales, paradas, vehículos, estaciones e infraestructura vial destinadas y utilizadas para la eficiente y continua prestación del servicio público de transporte de pasajeros en grandes volúmenes en un área específica.

TAXI: Vehículo destinado al transporte selectivo de pasajeros con carácter comercial.

TERMINAL DE TRANSPORTE: Facilidad de uso público para el embarque y desembarque de pasajeros y/o carga.

TETRAMOTOR: Es un vehículo con tracción en las cuatro ruedas usado en todo terreno para transportar personas.

TRÁNSITO: Circulación de personas, animales o vehículos por una vía pública o privada abierta al público.

TRANSPORTE: Traslado de personas, animales o cargas de un punto a otro, a través de un medio físico.

TRANSPORTE COLEGIAL: Servicio de transporte terrestre para uso exclusivo de estudiantes, desde la residencia hasta el centro educativo respectivo y viceversa, de conformidad con un contrato escrito celebrado entre las partes involucradas.

TRANSPORTE COMERCIAL: Servicio de transporte terrestre para la movilización exclusiva de carga con fines comerciales.

TRANSPORTE DE TURISMO: Servicio de transporte terrestre para uso exclusivo de turistas.

TRANSPORTE PÚBLICO: Servicio de transporte para la movilización de pasajeros pagados en vehículos autorizados por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre para operar en las modalidades de selectivo, colectivo, colegial y turismo.

TRANSPORTISTA: Persona natural o jurídica que se dedica al transporte de carga o de pasajeros.

TRASIEGO: Acción de mudar o trasladar materiales o sustancias de un vehículo a otro.

TRIÁNGULO DE SEGURIDAD: Elemento reflector de seguridad que se coloca a una distancia apropiada de un vehículo estacionado en situaciones fortuitas o de emergencias en los carriles o áreas de circulación vial, y que advierte del peligro a los demás conductores.

TRICICLO: Vehículo a motor de tres (3) ruedas con cubierta metálica.

TURISTA: Persona natural no residente en la República de Panamá que visite al país por un tiempo no mayor de tres (3) meses con fines exclusivos de recreo, observación o estudio; los nacionales y extranjeros residentes en el país que realicen dentro del territorio nacional viajes con fines de salud, recreo o descanso diferentes al de su residencia habitual.

UNIDAD DE ARRASTRE: Remolque o semirremolque.

USUARIO DE LA VÍA PÚBLICA: Persona que circula por algún tramo de la red vial como usuario de un medio de transporte, motorizado o no.

VALLAS Y RIELES DE CONTENCIÓN: Barreras rígidas, semirrígidas o flexibles colocadas al costado o en el centro de una calzada, para desviar o contener los vehículos que se salen de la calzada.

VEHÍCULO: Aparato montado sobre ruedas que permite el transporte de personas, animales o carga sobre las vías de circulación.

VEHÍCULO ARTICULADO: Camión tractor con remolque o semirremolque.

VEHÍCULO COLEGIAL: Vehículo destinado al transporte de estudiantes debidamente registrado e identificado como tal, con las normas y características que se exijan para esta actividad.

VEHÍCULO DE TURISMO: Vehículo destinado al transporte de turistas debidamente registrado e identificado como tal, con las normas y características que se exijan para esta actividad.

VEHÍCULO FUERA DE CARRETERA: Vehículo a motor destinado exclusivamente a obras de construcción, minería o agricultura, cuyo tránsito está reglamentado por la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre debido a sus características técnicas y físicas.

VELOCÍPEDO: Vehículo de tres ruedas accionado por la fuerza humana de la persona que lo ocupa.

VÍA PEATONAL: Zona utilizada para el tránsito exclusivo de peatones.

VÍA DE CIRCULACIÓN: Toda zona o terreno apto para la circulación de vehículos, peatones o animales, sin más limitaciones que las dispuestas por el presente Reglamento.

VÍA FÉRREA: Zona diseñada para el tránsito exclusivo de vehículos sobre rieles.

VÍA PÚBLICA: Zona o terreno de uso público destinado para el tránsito libre de vehículos, peatones y/o animales.

VIAJE: Recorrido de un vehículo por una vía pública determinada, entre puntos específicos.

ZONA ESCOLAR: Parte de la vía que se extiende cien metros al frente y a ambos lados de los límites de un centro educativo.